A principios de mes, el pasado 5 de abril, fue aprobada la nueva normativa que determina los requisitos y factores que van a regir el autoconsumo energético en nuestro país, tanto desde el punto de vista técnico, como administrativo y económico, aportando tranquilidad y confianza a los consumidores.
Hasta el momento de su aprobación, el autoconsumo estaba gravado por el conocido peaje al sol. Este peaje era una manera de penalizar el autoconsumo con un impuesto de respaldo que soportaba los costes estipulados por tener la red disponible. En otras palabras, por cada kWh consumido había que pagar una tasa ya que, aunque se generara y se consumiera “en tu propia casa”, había que pagar la red solo por estar ahí, disponible. La única forma que había de no pagar el impuesto era desconectarse totalmente de la red.
Al mismo tiempo, existían otras condiciones limitantes como el hecho de no poder instalar más potencia de generación de la que se tenía contratada con la eléctrica. Es decir, si en una casa se era eficiente y ecológico de modo que se tenía contratada poca potencia con la compañía eléctrica, este hecho restringía la posible instalación de autoconsumo que se pudiera montar en el tejado aprovechándolo al máximo.
Normalmente es necesaria la red ya que hay determinadas instalaciones que requieren de la existencia de una red de calidad, con un suministro garantizado a cualquier hora del día, cualquier día de la semana (imaginemos un edificio con ascensor que se queda sin suministro eléctrico durante una operación…). Precisamente este era el argumento en el que se apoyaban las compañías eléctricas para imponer el peaje de respaldo.
Sin embargo, hay otros aspectos que podían rebatir la necesidad de estar conectado a la red. Por ejemplo, la energía eléctrica se produce en grandes instalaciones a cientos de kilómetros de los núcleos de consumo por lo que, lógicamente, en el transporte se producen unas pérdidas que, finalmente, se terminan repercutiendo a los consumidores.
En definitiva, que estábamos, como se dice coloquialmente, “ante el perro del hortelano, que ni come ni deja comer”. Sin embargo, parece que ahora corren nuevos vientos para la fotovoltaica desde el punto de vista de las eléctricas: ahora todas tiene departamentos de renovables y son muy activas en el sector.
En la actualidad, el nuevo Real Decreto viene a complementar el conjunto de leyes que se están aprobando para regular toda esta temática y que comenzó con la eliminación del llamado impuesto al sol gracias al RD 15/2018 de 5 de octubre.
Desde nuestro punto de vista, el RD 244/2019 de 5 de abril beneficia el autoconsumo energético por los siguientes factores:
- Suprime el Peaje de Respaldo.
- Elimina la limitación de potencia por punto de suministro quedando supeditada, únicamente, a las restricciones técnicas de la propia red.
- Permite la compensación de energía producida y consumida mes a mes.
- Se dan facilidades administrativas para el montaje de instalaciones de hasta 100 kW y prácticamente están exentas de tramitación las instalaciones hasta 15 kW, lo que potenciará mucho (o debería hacerlo) el autoconsumo doméstico.
- Se permite y se regula el autoconsumo colectivo. Es decir, un usuario puede producir mucho más de lo que necesita y los consumidores próximos (los que se encuentran en un radio de 500m) consumir esa energía. Se establecen sistemas cooperativos.
Desde el punto de vista técnico, exclusivamente, los principales puntos a considerar son:
- En el óptimo económico, los consumos mensuales del punto de suministro deberían igualar (lo máximo posible) a la producción con fuentes renovables para optimizar la inversión: la energía más barata es o bien la que no se consume o bien la que se autoconsume. En este sentido, podríamos decir que la red actúa como una gran batería que se resetea a cero, mes a mes.
- Siempre que haya disponibilidad de superficie (cubierta o suelo), aconsejamos una instalación fotovoltaica para autoconsumo ahora que los precios están bajos. Con una instalación, se minimiza la incertidumbre de precios del mercado eléctrico (siempre alcista, por otro lado).
- Las instalaciones son eficientes, desde el punto de vista financiero, tanto para empresas como para particulares.
- Hasta 15kW, las instalaciones pueden estar operativas en un plazo de menos de 1 mes (sujeto a disponibilidad de equipos por parte de proveedores) ya que no precisan más tramitación que el boletín de baja tensión por parte del instalador autorizado. Nuestra empresa, aBalados, lo es.
- Hasta 100 kW, las instalaciones requieren de una tramitación administrativa que, si bien se ha simplificado, es necesaria. Aquí se precisa de una empresa con experiencia en este tipo de instalaciones y el pequeño profesional instalador no suele estar capacitado. En este sentido, aBalados tiene una amplia experiencia en pequeña, mediana y gran instalación.
- A partir de 100 kW, las instalaciones se asemejan a una instalación estándar en cuanto a régimen económico y administrativo. Es recomendable para grandes potencias/instalaciones.
Por todo ello, podemos concluir que la inversión de empresas y particulares en autoconsumo, en nuestro país, será formidable durante los siguientes años y viene a responder a una necesidad que hasta el momento se ha reprimido por actores interesados del mercado.
Desde aBalados queremos poner nuestros conocimientos, experiencia y profesionalidad al servicio de nuestros clientes (empresas y particulares) ayudándoles a optimizar y rentabilizar su consumo energético con instalaciones de autoconsumo fotovoltaico. Si necesita que le ayudemos en este sentido, póngase en contacto con nosotros y le atenderemos encantados.