El pasado viernes 22 de febrero, a instancias de la cartera ministerial para la Transición Ecológica, los ministros aprobaron el Anteproyecto de “Ley de Cambio Climático y Transición Energética o LCCTE”.
Esta nueva normativa, solicitada ya en 2011 por la Comisión Mixta Congreso – Senado para el Estudio del Cambio Climático, constituirá el marco de referencia por el que nos regiremos para lograr la “descarbonización” de España a finales de 2050, tal y como se comprometieron las autoridades españolas, al suscribir el Acuerdo de París.
Aunque el anteproyecto aún deberá seguir el procedimiento habitual antes de volver a ser aprobado definitivamente por el Consejo de Ministros (con las oportunas modificaciones que resulten del mismo), pretende proporcionar una seguridad y garantías que ayuden a transformar España, ganando en riqueza, número de empleados y un mayor desarrollo en tecnología e innovación.
En la nueva norma, se recogen 2 fechas (2.030 y 2.050) fundamentales para:
- Lograr la reducción de la emisión de los gases causantes del agujero en la capa de ozono.
- Difundir el uso de diversos tipos de energías renovables.
- Conseguir un mayor rendimiento energético.
Las metas marcadas para su cumplimiento en 2.030 son:
- La reducción, en un 20%, de la emisión de los Gases de Efecto Invernadero (GEI), tomando como referencia el volumen de emisiones que se realizaba en 1.990.
- Lograr que una séptima parte de la energía producida en nuestro país provenga de fuentes de energía renovables.
- Optimizar la eficiencia energética en un 35%.
En poco más de una década será necesario emplearse a fondo para conseguir esta prometida disminución de los GEI y encaminarse hacia la descarbonización en 2.050 ya que, España, en estos 4 años anteriores, ha sido el miembro de la Unión Europea que más ha incrementado la emisión de dichos gases. Para que resulte más gráfico, esto significa que se tendremos que suprimir un tercio del total de los gases emitidos a la atmósfera.
En 2.050, fecha límite para tener un mercado libre de carbono a nivel europeo, el volumen de emisiones de GEI deberá quedar reducido a un 10% del total de lo emitido en 1.990. Al mismo tiempo, la electricidad deberá de obtenerse solo a partir de fuentes de energía renovables.
Por todo ello, sin lugar a duda, el anteproyecto impulsa el desarrollo de las energías renovables, concretando una meta anual revisable de capacidad instalada que contempla la subasta de un mínimo de tres mil megavatios de energía renovable, al año.
Asimismo, insta a las autoridades competentes a crear nuevos esquemas de retribución para las energías renovables, apoyados en la determinación, a largo plazo, de un importe fijo por la electricidad producida. Serán concedidos a través de procesos de concurrencia competitiva y será posible discriminar entre las diferentes técnicas empleadas para generar la energía.
En nuestro próximo artículo seguiremos comentando el nuevo anteproyecto y hablaremos sobre cómo afectará a los combustibles de origen fósil, el sector financiero o la necesaria movilización de recursos.
Si quiere que le asesoremos personalmente en relación con la nueva normativa, puede contactar con aBalados y le atenderemos personalmente.